Nueva Regulación para los Becarios.
Entre las medidas que se recogen en la Reforma en el Sistema Público de Pensiones encontramos la nueva regulación de la seguridad social para alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. La entrada en vigor se ha demorado finalmente hasta el 1 de enero de 2024.
Desde el 01/01/2024.
Los estudiantes en período de prácticas, sean remuneradas o no, comenzarán a cotizar y, por tanto, contribuir al sistema de la Seguridad Social. Anteriormente, solo aquellos con prácticas remuneradas eran incluidos en este sistema.
Asimismo, entra en vigor la nueva Disposición Adicional 52ª de la Ley General de la Seguridad Social, que regula los términos de inclusión en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas dentro de programas de formación.
La contribución de los estudiantes en formación recibirá una bonificación del 95%.
Los estudiantes podrán recibir la prestación por desempleo simultáneamente mientras realizan las prácticas.
A pesar de estar sujetos a cotizar en la seguridad social, no se requerirá que contribuyan a conceptos como el desempleo, la cobertura del Fondo de Garantía Salarial o la formación profesional. Aquellos que realicen prácticas no laborales, al no cotizar por estos conceptos, no percibirán las prestaciones asociadas a los mismos. Sin embargo:
- En el caso de prácticas no remuneradas, también se excluye la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
- Las prestaciones económicas por nacimiento, cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural se abonarán directamente por la entidad gestora o la mutua colaboradora.
- Las prestaciones por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o profesionales se abonarán siempre mediante pago directo.
Además, estos estudiantes tampoco cotizarán al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (MEI).
Los empleadores, cada trimestre, tienen la obligación de notificar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) acerca de la cantidad de días trabajados por los estudiantes en prácticas no remuneradas, así como cualquier ausencia en las prácticas y anticipar los días relacionados con incapacidades o cuidado. La falta de cumplimiento en la presentación de esta información dará lugar a un cálculo de deuda que se basará en la cuota diaria multiplicada por los días efectivamente trabajados. Para asegurar su cumplimiento, la inspección de trabajo implementará planes específicos para prevenir el fraude.
Y por último, es importante mencionar que la norma no contempla efectos retroactivos de manera directa.