Nuevas bonificaciones para la contratación laboral.
El 1 de septiembre entran en vigor los nuevos incentivos a la contratación laboral, para promocionar la contratación de personas desempleadas (especialmente las más vulnerables), contribuir al mantenimiento y la mejora de la calidad del empleo, incentivar la promoción profesional de las personas ocupadas, así como fomentar la creación de empleo.
Estos nuevos incentivos se centran, principalmente, en los contratos indefinidos que son financiados con bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Las novedades más destacables son:
- Las bonificaciones se centran en los contratos indefinidos a personas de atención prioritaria, y en la transformación de contratos temporales en indefinidos.
- Se simplifican y homogeneizan los requisitos de las empresas beneficiarias.
- Se unifican las cuantías de las bonificaciones, en las cuotas de la Seguridad Social.
¿Qué colectivos cuentan con contratación incentivada?
- Personas de atención prioritaria.
- Personas con discapacidad.
- Personas en riesgo o situación de exclusión social.
- Mujeres víctimas de violencia de género o sexual, trata de seres humanos, explotación sexual o laboral y mujeres en contextos de prostitución.
- Víctimas del terrorismo.
¿Qué organizaciones podrán optar a los beneficios de la contratación?
Todas las empresas y empleadores, los autónomos, sociedades laborales o cooperativas, y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que:
- No hayan sido inhabilitadas para obtener subvenciones, ayudas públicas, o beneficios e incentivos fiscales de la Seguridad Social.
- No hayan sido excluidas del acceso a las ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios de los programas y formaciones profesiones para el empleo, por haber cometido infracciones graves o muy graves no prescritas.
- Se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
- Cuenten con el correspondiente plan de igualdad, en el caso de las empresas obligadas.
Principales cuantías.
- Transformación de contratos temporales en contratos indefinidos (de personas desempleadas previamente al contrato temporal). Bonificación en la cotización de 55€/mes durante tres años.
- Contratación indefinida de jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Bonificación 275€ durante tres años.
- Contratación indefinida o incorporación como persona socia de personas que realizan formación práctica en empresas. Bonificación de 138€/mes durante tres años.
- Transformación de contratos temporales (de trabajadores incluidos en el Sistema especial agrario por cuenta ajena) en contratos fijos discontinuos. Bonificación de 55€/mes, siendo para las mujeres de 73€/mes.
- Contratación indefinida de personas en situación de exclusión social. Se incrementa la bonificación de 55€/mes hasta 128€/mes.
- Contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración. Bonificación de 110€/mes, o 128€/mes si es mujer o tiene 45 años o más.